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FORMA EN QUE SE ENTREGA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA REVISTA LEGAL ONLINE “LEX COMUNUS – LEY COMUN”.

evolucion_tech.jpgLa rápida y continua evolución de los medios de comunicación, poco a poco están desplazando las revistas tradicionales de papel, por la revista virtual, u Online. Este tipo de revista tiene como característica fundamental que se crea, distribuye, y se consume sobre la base de una plataforma virtual privada que permite tomar ventaja de todas las nuevas formas tecnológicas y de redes sociales. En este sentido la Revista Legal Online “LEX COMUNUS – LEY COMÚN” se desarrolla sobre la plataforma virtual de la Firma de Abogados BUFETE JORDAN, ESQ. www.bufetejordan.com la cual incorpora pero no se limita a los siguientes medios para entregar información:

  TEXTO:

o   La revista se constituye fundamentalmente de texto, la cual es utilizada para transmitir información de contenido de forma y de fondo.

o   Hipertexto: La revista utiliza el hipertexto para enlazar texto con otros sitios web que le den mayor información al lector.

Ø  GRÁFICOS:

o   Cada segmento viene acompañado de imágenes, fotos, esquemas y otros medios gráficos con el objeto de ilustrar el tema en específico, que se desarrolla.

Ø  VIDEOS

o   El segmento principal, y otros accesorios se ilustran por medio de videos informativos, en donde expertos en la materia exponen sobre los temas a tratar, para el beneficio de nuestros suscriptores.

Ø  ENCUESTAS:

o   Utilizamos este medio para incrementar la interacción con el suscriptor. Cabe señalar que las encuestas constituyen una herramienta ideal para solicitar información en torno a los productos y servicios de nuestros patrocinadores.

PERIODICIDAD Y ESTRATEGIA DE DISTRIBUCIÓN DE LA REVISTA LEGAL ONLINE “LEX COMUNUS – LEY COMÚN”.

distribucin-2.0-293x150.jpgEn la actualidad la Revista Legal Online “LEX COMUNUS – LEY COMÚN, se publica una vez cada treinta días. Esta publicación viene a constituir la plataforma e inicio de un plan que se ejecuta todos los meses, con el fin de maximizar el alcance de la Revista.  En este sentido, nuestra estrategia consiste en la publicación de la revista principal completa, posteriormente en fechas específicas la publicación de dos afiches complementarios enfocados a distintos segmentos de la revista principal, que llaman a una acción por parte del suscriptor, y un tercer afiche enfocado a un acontecimiento que impacta la conciencia ciudadana, de la siguiente forma:

1.   Publicación de la Revista Legal Online “LEX COMUNUS - LEY COMÚN”, es decir, fecha en que la publicación principal es distribuida a todos los suscriptores.

2.   48 horas después de la publicación principal, se procede a la publicación del primer afiche complementario que apunta a un segmento específico de la revista principal.  Esta estrategia llama a una acción por parte del suscriptor. Esto permite a los suscriptores que no tuvieron oportunidad de abrir la revista en la fecha de su publicación original lo puedan hacer ahora.

3.   Una semana después de la publicación del primer afiche complementario, se publica el segundo afiche complementario, apuntando a otro segmento secundario de la revista principal, ya sea, contestándole al pueblo, panorama nacional o internacional.  Esta estrategia permite que inclusive los suscriptores que abrieron la revista con anterioridad pero que no escrudiñaron los segmentos secundarios, tengan la oportunidad de hacerlo en esta ocasión.

4.   Veinte días después, se publica un afiche de comentario, en torno a algún acontecimiento que impacta la conciencia ciudadanía.  Estos comentarios son hechas desde la perspectiva legal, es decir, la normativa que las regula.

5.   Cada publicación es reforzada con publicaciones simultáneas en redes sociales, Face Book, Instagram, Twitter, You Tube, Linked In. Todos potenciados. 

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FORMAS DE PATROCINIO

Las formas de patrocinio se refieren a las distintas formas que la persona natural o jurídica, puede brindar su apoyo a la Revista Legal Online “LEX  COMUNUS – LEY COMÚN”. En este sentido, existen dos tipos de patrocinadores que la Revista solicita; el Patrocinador Oficial, es el primero y el que más aporta a las operaciones de la revista, la otra forma de patrocinio, consiste en los patrocinadores de segmentos complementarios.

PATROCINADOR OFICIAL

El patrocinador principal es la persona natural o jurídica que mayor aporte económico brinda para las operaciones de la Revista.

Ø  PAQUETE DE BENEFICIOS QUE OBTIENE EL PATROCINADOR OFICIAL.

ü  Voz, más no voto en las decisiones de la línea editorial de la Revista Online “LEX COMUNUS – LEY COMÚN”, los cual significa que podrá dar sugerencias de temas a desarrollar en futuras ediciones.

ü  Un banner profesionalmente diseñado colocado en la parte superior del tema principal de cada edición de la revista, y sus publicaciones accesorias.

ü  El banner será enlazado por medió de enlace electrónico al sitio web del patrocinador principal. Este enlace puede variar dependiendo de la necesidad de patrocinador principal. Ejemplo: enlazar a la oferta especial de un producto o servicio del catalogo del patrocinador.

ü  Un segmento especial dedicado exclusivamente para el uso del patrocinador principal, lo cual tiene la capacidad de variar en cada edición de la revista, permitiendo que el patrocinador promociones productos y servicios de forma más efectiva, mediante la utilización de videos, gráficos, encuestas y más.

ü  Se comparte con el patrocinador las estadísticas de la revista, la cual le permitirá saber las secciones de la revista que mayor impacto causan, al igual que podrá saber quienes hicieron clic en el banner del patrocinador, es decir, identificar las personas que se interesaron en el producto o servicio ofrecido por el patrocinador principal, permitiendo de esa forma dar seguimiento oportuno, por parte del departamento de mercadeo y ventas del patrocinador principal.

ü  Tarifa preferencial en trámites legales y proceso judiciales.

Costo del Patrocinio Oficial: Según Convenio

PATROCINADOR COMPLEMENTARIO

buscamos_patrocinador.jpgEl patrocinador, es aquella persona natural o jurídica que compra un banner a la revista, para ser colocada entre segmentos.  Este banner estará en lazada al sitio web del patrocinador; en el caso de que no tenga un sitio web propio, los técnicos de la revista le podrán diseñar un afiche electrónico, que describa los servicios y/o productos del patrocinador, para ser enlazado al banner.

        Ø  Beneficios del Patrocinador Complementario.

ü  Diseño de un banner electrónico que describa los productos o servicios de patrocinador.

ü  Colocación del banner en la parte superior de uno de los temas secundarios de la revista.

ü  Informe de personas que se han interesado en su producto o servicio, al hacer click en el banner de patrocinador, para que él le de seguimiento.

ü  Tarifa preferencial en trámites legales y proceso judiciales.

FORMAS DE PATROCINIO PARA EL PATROCINADOR COMPLEMENTARIO

OPCIÓN “A” (Pago mensual)

La opción “A”, tiene como característica que los pagos se hacen por mes. Permitiéndole al cliente seleccionar la cantidad de meses que desea patrocinar. Sin embargo, es importante señalar que en ese sentido, cada mes el costo de su patrocinio probablemente incrementará en costo, debido al hecho que todos los días se unen más suscriptores a nuestra Revista Legal Online, de forma tal, que al multiplicar el precio de la revista por la cantidad de suscriptores  que abren la revista, aumentará el costo a la medida que aumentan los suscriptores a la revista.

Costo de patrocinio secundario es de $1.50/revista abierta, tomando en cuenta las cifras de la última edición de la Revista Online “LEX COMUNUS – LEY COMÚN”, la cual refleja que fue abierta mínimamente por 650 suscriptores, la multiplicación de estas dos cifras da como resultad $975.00/mes. 

OPCIÓN “B” (Pago anual).

La opción “B”, permite que su pago se ancle en el monto basado en el número de suscriptores registrados al momento de firmar el convenio de patrocinio. De forma tal que en el escenario presentado por las últimas cifras, el monto de pago se anclaría en $975.00/mes, y su pago anual sería de $11,700.00. Para los patrocinadores que paguen de forma anual se le otorga el 30% de descuento, del monto total. Con esta opción el Patrocinador recibe doble beneficio. El primero es que su tarifa por número de suscriptores se congela en el número de suscriptores con que cuenta la revista al momento de firma del convenio de patrocinio, y dos, recibe un 30% de descuento lo cual representa un ahorro por la suma de $3,500.00

BENFICIOS PARA EL PATROCINADOR OFICIAL

BENEFICIOS PARA LOS PATROCINADORES COMPLEMENTARIOS

ü Voz, más no voto en las decisiones de la línea editorial de la Revista Online “LEX COMUNUS – LEY COMÚN”.

ü  Un banner profesionalmente diseñado colocado en la parte superior del tema principal de cada edición de la revista, y sus publicaciones accesorias.

ü  El banner será enlazado por medió de enlace electrónico al sitio web del patrocinador principal.

ü  Diseño y confección de un banner físico con logo del patrocinador, para ser colocado en el fondo de todos los videos documentales publicados.

ü  Colocación del banner físico del patrocinador en el fondo de los videos  documentales publicados en la revista.

ü  Un segmento especial dedicado exclusivamente para el uso del patrocinador principal.

ü  Se comparte con el patrocinador las estadísticas de la revista

ü  Tarifa preferencial en trámites legales y proceso judiciales.

 

ü Diseño de un banner electrónico que describa los productos o servicios de patrocinador.

ü  Colocación del banner en la parte superior de uno de los temas secundarios de la revista.

ü  Informe de personas que se han interesado en su producto o servicio, al hacer click en el banner de patrocinador, para que él le de seguimiento.

ü Tarifa preferencial en trámites legales y proceso judiciales.

 

Precio: $ Según Convenio

Precio: Promedio $975.00/mes

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BUFETE JORDAN, ESQ.

Calle José de Fábrega 14

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