Recursos Impuganativos en Materia Penal

No son pocas las ocasiones en donde el Abogado se ve en la obligación de impugnar la decisión jurisdiccional en materia penal. Considerando que el proceso penal está compuesto de la fase de investigación, fase intermedia y juicio oral, donde cada una de ellas se verá impactado por decisiones que toma el agente jurisdiccional en torno a solicitudes e incidentes que surgen durante el desarrollo del Proceso penal. En este sentido, las resoluciones judiciales solo son recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos en la ley. De igual forma, se establece que solo las partes podrán recurrir de las decisiones jurisdiccionales, conforme lo disponer el artículo 159, del Código Procesal Penal.

5. RECURSO DE CASACIÓN

Denominado así por muchos letrados como el Recurso Extraordinario de Casación, y tiene por objeto enmendar los agravios infringidos a las partes en las resoluciones judiciales que hacen tránsito a Cosa Juzgada. También tiene por objeto procurar la exacta observancia de las leyes por parte de los Tribunales y uniformar la jurisprudencia nacional. En consecuencia, tres decisiones uniformes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, como Tribunal de Casación, sobre un mismo punto de Derecho, constituye doctrina probable y los Jueces podrán aplicarla a los casos análogos, lo cual no obsta para que la Corte varíe de doctrina cuando juzgue erróneas las decisiones anteriores.

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Recurso Impugnativo Extraordinario, técnico en su procedimiento.

Como hemos dicho anteriormente, estos recursos son técnicos por naturaleza y requieren la intervención de Abogados de Bufete Jordan, con experiencia en la materia. En este orden, este recurso procederá contra las sentencias dictadas por el Tribunal de Juicio cuando, en cualquier etapa del procedimiento o en el pronunciamiento de la sentencia:

  • Se hubiera infringido intereses, derechos o garantías previstos en la constitución Política o en los Tratados y Convenios Internacionales ratificados en la República de Panamá y contenidos en la Ley
  • Se hubiera infringido la garantía del Debido Proceso.
  • En el pronunciamiento de la sentencia, se hubiera hecho una errónea aplicación del Derecho, por una interpretación errada o por una aplicación indebida o por violación directa de la Ley.

El Abogado de Bufete Jordan, ESQ., frente a la concurrencia de cualquiera de estas causales, está preparado para invocar a beneficio de nuestro cliente el derecho de interponer el Recurso Extraordinario de Casación. Contáctanos aquí.

La lucha por los derechos y los mejores intereses de nuestros clientes no termina con un pronunciamiento desfavorable por parte de Tribunal de Juicio, sino, que se mantiene hasta tanto todos los recursos impugnativos hayan sido ejercitados a favor de nuestros clientes. Contacta a los Abogados de la Firma Bufete Jordan, ESQ., aquí a fin de evaluar su causa en concreto.

En Bufete Jordan Luchamos Por tu Libertad