The Pro Bono Partnership Of Panama

La Firma de Abogados BUFETE JORDAN, ESQ.  www.bufetejordan.com  promueve un creciente movimiento denominado “THE JUDICIAL PRO BONO PARTNERSHIP OF PANAMA” para que los abogados se involucren en promover los valores democráticos, expandir el acceso a la justicia, afrontar los retos y las necesidades públicas, en materia jurídica técnica, frente a la implementación del nuevo Sistema Penal Acusatorio en Panamá. El LICDO. PATRICIO JORDAN, en colaboración de todos los otros Abogados que componen la Firma, trabajan para construir puentes entre los abogados del sector privado y público; impulsar el acceso a la justicia, los derechos humanos y el desarrollo económico; forjar la colaboración internacional; y promover la responsabilidad social legal. En cumplimiento de está responsabilidad social, los Abogados de la Firma BUFETE JORDAN, devotarán un mínimo de 20 horas al año para prestar sus servicios legales a las personas desfavorecidas y pobres de Panamá, que tengan situaciones legales que resolver y cumplen con los requisitos de objetividad dispuestos por la Firma.

1. Concepto

El concepto de servicios legales Pro Bono incluye los servicios legales gratuitos o a bajo costo que se prestan a las personas de bajos recursos, en situación de vulnerabilidad social y judicial, o a las organizaciones no gubernamentales (“ONGs”) que las asisten. También, suelen considerarse como servicios legales Pro Bono los servicios legales gratuitos que se prestan en temas de interés público, si es que de otra forma dichos intereses no pueden ser representados.
DEFINICIÓN DEL TERMINO “SERVICIOS LEGALES PROBONO”
El término “servicios legales Pro Bono” significa prestar servicios legales en forma gratuita o sin la expectativa de recibir pago y que benefician:
(a) directamente a personas o comunidades pobres o menos privilegiadas;
(b) a las organizaciones que asisten a los anteriores;
(c) a personas, comunidades u organizaciones en temas de interés público y que de otra forma no obtendrían una representación o asesoría efectiva; y
(d) a instituciones cívicas, culturales y educativas que sirvan al interés público y que de otra manera no obtendrían una representación o asesoría efectiva.

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El proyecto de responsabilidad social “THE JUDICIAL PRO BONO PARTNERSHIP PROJECT” es una iniciativa de La Firma de Abogados BUFETE JORDAN, ESQ.

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Se designa al LICDO. PATRICIO JORDAN, como coordinador del proyecto

2. Coordinador del Proyecto Judicial Pro Bono Partnership Of Panamá.

Se designa al LICDO. PATRICIO JORDAN, ESQ. Como coordinador del proyecto, la cual tendrá las siguientes funciones:
a)   Gestión de Administración: El coordinador Pro Bono está a cargo de realizar o tomar las medidas para que se realicen todas las tareas necesarias para administrar diariamente el programa Pro Bono y, especialmente, aquellas que se refieren a la apertura, tramitación y cierre de los asuntos Pro Bono. Esta función implica una serie de tareas administrativas, tales como establecer la dirección procesal de las causas asignadas, actos procesales internos, interacción con las distintas jurisdicciones, el archivo de formularios, documentos, expedientes y correspondencia. Dentro de dichas tareas se encuentra el mantenimiento de un registro de horas Pro Bono por abogado y cliente Pro Bono, Entre otros.

3. Servicios que NO Son Servicios Legales Pro Bono

(a) Los servicios o actividades voluntarias en favor de la comunidad que no involucren servicios legales;
(b) Los servicios legales en favor de familiares o amigos;
(c) El ser director de organizaciones sin fines de lucro, colegios de abogados o instituciones cívicas, culturales, religiosas o educativas;
(d) El dictar cátedra en escuelas de derecho;
(e) El publicar libros o artículos de derecho;
(f) Los servicios legales gratuitos que se presten en forma obligatoria en virtud de alguna ley o reglamento;
(g) Los servicios legales impagos; y
(h) los servicios legales cuyo pago está sujeto a una condición.
(I) Los servicios legales prestados a personas que pueden pagar por ellos.

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Sin perjuicio de que muchos de los servicios o actividades que se indican a continuación son deseables y nuestra firma aprueba y apoya que sus abogados realicen éstos, no son servicios legales Pro Bono:

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Solicitud Pro Bono, Bufete Jordan ESQ.

4. Procedimiento Para La Apertura De Nuevos Casos Pro Bono

En esta sección la Firma identifica el mecanismo mediante el cual se escoge un caso pro-bono. Así mismo, la firma define como se darán a conocer los casos Pro Bono a los abogados de la firma. Ahora bien, una vez que un abogado ha manifestado su interés en trabajar en un asunto Pro Bono, el primer paso será completar una solicitud de apertura para nuevo asunto Pro Bono (“Solicitud Pro Bono”). La Solicitud Pro Bono debe contener información básica, tales como la descripción del cliente Pro Bono y los servicios requeridos.


Revisión de Conflicto de Interés
Aun cuando menos común que respecto de los clientes comerciales, puede ocurrir que existan conflictos de interés que afecten a un asunto Pro Bono. En consecuencia, una vez que se ha completado y firmado una Solicitud Pro Bono, al igual como se hace en el caso de los clientes comerciales, la firma deberá revisar la existencia de conflictos de interés.
5. Aprobación Del Caso Pro Bono

Dentro de los aspectos que se deberán considerar podemos señalar: el alcance de los potenciales conflictos de interés, si los hubiere, si los servicios requeridos corresponden a aquellos definidos en el manual Pro Bono como servicios legales Pro Bono, y si existen circunstancias extraordinarias que aconsejen rechazar el asunto Pro Bono. Asimismo, se incluye como criterio el que la firma analice el estado económico del potencial cliente Pro Bono, también que el abogado responsable y los otros abogados que participarían en el asunto Pro Bono, si los hubiere, tengan los conocimientos, la experiencia y fueren en número suficiente como para prestar un servicio que cumpla con los estándares de calidad esperados.

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La Firma designa al LICDO. PATRICIO JORDAN, como el socio coordinador, responsable de la aprobación de la apertura de nuevos casos pro-bono, así mismo con el objeto de evitar que la aprobación de un nuevo asunto Pro Bono quede a la mera discrecionalidad de Coordinador Pro Bono, por tanto, se ha fijado criterios para aceptar o rechazar una Solicitud Pro Bono.

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La carta de compromiso constituye el documento fundamental que regula la relación entre el Abogado que presta sus servicios y el cliente Pro Bono

6. La Carta de Compromiso

Una vez aprobada la apertura de un asunto Pro Bono, la Firma de Abogados Bufete Jordan, ESQ y el cliente Pro Bono firmarán una carta de compromiso. En dicha carta se establece la naturaleza, características y alcance de los servicios requeridos, lo que es importante para que el cliente Pro Bono conozca con exactitud la delimitación de los servicios que se le prestarán. Igualmente, se debe especificar quién va a pagar los gastos relacionados con el asunto Pro Bono.
Creación de Archivo y Apertura de Código Cliente:
Al igual que con cualquier cliente comercial, La Firma de Abogado Bufete Jordan, ESQ. Abre y mantiene una carpeta o archivo por cada cliente Pro Bono siguiendo el mismo procedimiento que para los clientes comerciales. A cada cliente Pro Bono se le asignará un “Username” y “Password” exclusivo para que tengan acceso al sistema Online de la Firma.
Supervisión.
Para que la Bufete Jordan, ESQ. tenga certeza que sus abogados prestarán servicios Pro Bono de una manera profesional y bajo los mismos estándares que aquellos de los servicios que se prestan a los clientes comerciales, es indispensable que se establezca formalmente un sistema de supervisión del trabajo Pro Bono que realizan los abogados. El Licdo. Patricio Jordan es el socio supervisor encargado de mantener el estándar operativo y administrativo fijado por la Firma

7. Finalización de la asistencia judicial Pro Bono

Cuando un asunto Pro Bono ha terminado o la firma ha decidido que no seguirá prestando sus servicios, la firma tiene la obligación de comunicar este hecho al cliente Pro Bono. Para cumplir con esta obligación la Firma ha invertido sustancial recurso en el diseño de su sitio web la cual mantiene una página personal para cada cliente en donde se le hace notificaciones oficiales.  Es efectivamente en este sitio www.bufetejordan.com, donde se hará la notificación de la terminación del asunto Pro Bono.

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La Firma de Abogado Bufete Jordan, ESQ. se reserva el derecho de resolver la asitencia judicial Pro Bono.

Enfrenta los Procesos aquí descritos con la mejor Asesoría y Representación Judicial