La República de Panamá Provee Múltiples Formas de Modificar su Status Migratorio

La República de Panamá por medio del Servicio Nacional de Migración provee una multiplicidad de formas que el extranjero puede modificar su status migratorio. La Firma de Abogados Bufete Jordan, ESQ. Le asistirá en la tramitación de este tipo de permiso. Seguidamente podrá encontrará los trámites de modificación de status migratorios de mayor utilización.

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Este proceso es para personas que desean modificar su status migratorio con base en que algún miembro calificado de su familia mantiene residencia permanente en el Istmo y desean reagruparse.

1. PERMISO PROVISIONAL RESIDENTE PERMANENTE POR RAZONES DEMOGRÁFICAS, REAGRUPACIÓN FAMILIAR, DEPENDIENTE DE RESIDENTE PERMANENTE

El proceso de migración en la República de Panamá muchas veces puede ser abrumador para el extranjero tratando de tramitar los diversos permisos migratorios, debido a la multiplicidad de requisitos que se deben cumplir a fin de que el paquete contentivo de los requisitos del trámite en específico sea recibido y tramitado en debida forma. En los casos en que el extranjero adquiere el status de Residente Permanente y el mismo mantiene familiares dependientes, debe cumplir con los siguientes requisitos con el objeto de solicitar que el status migratorio de sus dependientes sean modificados conforme lo dispone el artículo 224, del Decreto Ejecutivo 320 del 2008:

  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
  • Otros.

2. Permiso Provisional de Residente Permanente Por Razones de Inversionista Del Área Económica Especial de Panamá Pacifico.

El Estado panameño con el interés de estimular la inversión de capital extranjera ha tenido el tino de establecer regiones específicas provistas de incentivos para el inversionista. El Área de Panamá Pacifico se constituye en el área de inversión extranjera en la República de Panamá por excelencia por los tantos incentivos que provee. Uno los incentivos para el inversionista, es la posibilidad de modificar su status migratorio a la de residente permanente con derecho a cédula. Entre los requisitos para solicitar este tipo de permiso de residencia permanente en Panamá tenemos las siguientes:

  • Cumplir con los requerimientos del artículo 28 del Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008
  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Otros.

Panamá Pacífico es el desarrollo mixto más grande de Latinoamérica que conecta personas, empresas y la naturaleza en un entorno sostenible con múltiples beneficios económicos gracias a su ubicación estratégica.

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Este proceso es para personas que desean modificar su status migratorio con base en que han realizado un deposito mínimo de $300,000.00 en cuenta de Plaza Fijo.

3. Permiso de Residente Permanente Por Razones De Solvencia Económica Propia Por Apertura De Deposito A Plazo Fijo

Con el interés de atraer al inversionista extranjero a Panamá, el Estado permite que extranjeros que inviertan la suma mínima de trescientos mil dólares americanos $300,000.00 depositados en una cuenta de plazo fijo en alguna de las entidades bancarias acreditadas en la República, y que en adición de acreditar su licitud, debe de provenir del extranjero, puedan optar por modificar su status migratorio en el Istmo mediante el trámite de solicitud de Permiso de Residente Permanente Por Razones de Solvencia Económica propia por Apertura de Deposito de Plazo Fijo. El Servicio Nacional de Migración panameño es detallista la cual requiere la preparación de un paquete migratorio a la perfección. Para esto los Abogados de Bufete Jordan, ESQ., son expertos en la preparación del Paquete migratorio para inversionistas. Entre los requisitos para solicitar este tipo de permiso migratorio tenemos los siguientes:

  • Invertir la suma mínima de $300,000.00 en depósito de plazo fijo y que demuestre que los fondos provienen del extranjero.
  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Otros.

4. Permiso de Residente Permanente Por Políticas Especiales Inversionistas En Zonas Procesadoras Para La Exportación

El Estado panameño cumpliendo un plan estratégico para atraer la inversión extranjera ha preparado un paquete de incentivos migratorios, fiscales y laborales que le permite al extranjero desarrollar su actividad comercial con miras exclusivamente a la exportación, cunado invierta un mínimo de $250,000.00 dólares americanos en una de las zonas procesadoras para la exportación. La Firma de Abogados Bufete Jordan, ESQ, se encargan de todo el trámite. Contáctenos aquí. Para optar por este tipo de permiso de residencia permanente en la República de Panamá, el extranjero debe cumplir con estos requisitos:

  • Haber invertido no menos de $250,000.00 en una de las Zonas Procesadores Para la Exportación.
  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Otros.

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Los extranjeros que operan o desarrollan actividades de exportación pueden optar por residencia permanente cumpliendo con algunos requisitos especiales.

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Los trabajadores extranjeros que laboran en el área especial de desarrollo Panamá-Pacífico tienen derecho a residencia permanente en el Istmo.

5. Permiso de Trabajadores del Área Panamá Pacifico, Dentro del 10% De Los Trabajadores Ordinarios de Una Empresa, Del Desarrollador u Operador

Siguiendo con los incentivos para la inversión de capital extranjero, el Estado panameño le otorga el derecho de optar por la modificación de su status migratorio a la de Residente permanente a los trabajadores del Área Panamá Pacifico dentro del 10% de los trabajadores ordinarios de una empresa del desarrollador u operador. Es importante destacar que este tipo de permiso es exclusivo para los trabajadores del área especial de desarrollo. Los Abogados de la Firma Bufete Jordan, ESQ., tiene la experiencia y conocimiento para tramitar exitosamente este tipo de permisos. Contáctanos aquí para asesoría profesional y eficiencia en el trámite. Entre los requisitos para optar por este permiso tenemos las siguientes:

  • Cumplir con los requisitos contemplados en el artículo 28 del Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008
  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Otros.

6. Permiso Provisional Residente Permanente Por Razones Demográficas Y Reagrupación Familiar En Calidad De Extranjeros Con Hijos Panameños

La República de Panamá siendo signataria de tratados internacionales relacionados a los Derechos Humanos, y la propia constitución Política, tiene un interés en mantener unida a la familia. Así pues, permite que los extranjeros con hijos panameños de al menos 5 años de edad pueden optar por la modificación de su status migratorio mediante la solicitud formal al Servicio Nacional de Migración. La Firma de Abogados Bufete Jordan, ESQ., es especialista en la preparación del paquete migratorio y el trámite del mismo. Recomendamos contacte aquí a Abogado Especialista Aquí a fin recibir asesoría profesional y trámite eficiente. Entre los requisitos para solicitar este tipo de permiso tenemos las siguientes:

  • Tener uno o más hijos panameños de al menos 5 años de edad.
  • Poder (notariado) y Solicitud.
  • Tres (3) fotografías.
  • Otros.

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El extranjero con hijos panameños y que cumpla con los requisitos de ley, tiene derecho a residencia permanente.

Cada proceso migratorio es contentivo de particularidades y detalles característicos del caso en particular. Para asistir al Abogado en la avaluación de su causa requerimos algunos datos básicos, a fin de continuar con el proceso haga clic en el botón directamente abajo y complete el formulario. Una vez recibamos los datos, será contactado por el Abogado encargado de su causa migratoria.

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