Derecho Penal
1. Violación y Otros Delitos Sexuales
El Titulo III, del Capítulo V, del Código Penal es contentivo de los Delitos Contra La Libertad E Integridad Sexual, la cual inicia con el delito de violación y otros delitos sexuales conforme lo dispone el artículo 174, al establecer que: “quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona de uno u otro sexo, utilizando sus órganos genitales, será sancionado con prisión de siete a doce años.” En efecto, este artículo protege el bien jurídico de la integridad sexual de las personas, al igual que, incluye otra serie de conductas delictivas como agravantes. Es importante destacar que en los casos donde es necesario defender los derechos de la víctima del delito, o por otro lado la persona se encuentra indiciada bajo este tipo penal, es necesario que cuente con los servicios de Abogados especialistas en la instrucción de esta modalidad delictiva como lo es Bufete Jordan, ESQ. Contáctanos aquí para asesoría y representación judicial efectiva.